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Santa Lucía

Por seguridad, no debe frenarse el AISL

La suspensión de concedida sólo tenía efectos para que no se dañara al medio ambiente

El incidente fue tramitado por la Sedena desde septiembre pasado. (ARCHIVO)

El incidente fue tramitado por la Sedena desde septiembre pasado. (ARCHIVO)

AGENCIAS

El juez Quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México ratificó que por razones de seguridad nacional, el proyecto de construcción del aeropuerto en la Base Aérea Militar de Santa Lucía no puede mantenerse paralizado.

Por ello, revocó la suspensión definitiva que mantenía frenada la obra en uno de los 150 amparos tramitados contra el proyecto y la cancelación del aeropuerto de Texcoco, pero esto no significa que el gobierno puede iniciar ya la construcción.

Los afectados, integrantes del colectivo #NoMásDerroches, solicitaron desde el pasado 7 de octubre que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) intervenga en cinco amparos en los que aún están vigentes suspensiones definitivas contra el aeropuerto de Santa Lucía.

El asunto será planteado a los ministros de la Segunda Sala, en razón de que es materia administrativa, para que si uno de sus integrantes decida hacerlo suyo, realice un proyecto y planteé posteriormente la solicitud de ejercicio de facultad de atracción y se defina si la Corte va a entrar o no al estudio.

Además, ante el juez Quinto de Distrito está pendiente la resolución de otro incidente de revocación de suspensión definitiva de uno de los amparos contra Santa Lucía, cuya audiencia incidental está prevista para mañana 10 de octubre.

En el incidente de revocación resuelto este martes, el juez Quinto de Distrito concedió la razón a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) por razones de soberanía y seguridad nacional. El incidente fue tramitado por la Sedena desde septiembre pasado e indicó que desde el 29 de agosto pasado, el Consejo de Seguridad Nacional incluyó sus bienes, incluido el proyecto del aeropuerto mixto civil/militar, en el listado de instalaciones estratégicas, por lo que la suspensión concedida implicaba que los militares no pudieran operar normalmente en la Base Aérea de Santa Lucía y que esto era un riesgo para la seguridad nacional.

En su resolución, el juez precisó que la suspensión concedida a los quejosos sólo tenía efectos para que no se dañara al medio ambiente con la construcción del aeropuerto, pero que al contar con una autorización condicionada en la materia, se salvaguarda este bien.

Sin embargo, al incluirse el proyecto de construcción de aeropuerto como instalación estratégica, los conceptos de soberanía y seguridad nacional cobran mayor relevancia.

Por el AISL

el juez Quinto de Distrito:

*No el la primera vez que concede la razón a la Sedena por razones de seguridad nacional.

*Hace dos semanas, el juez negó la suspensión provisional tomando en consideración el alegato de la Sedena sobre las instalaciones estratégicas.

*Ante la cantidad de amparos, el CJF ordenó desde julio concentrar todos los expedientes en el juzgado Quinto.

Esta no es la primera vez que el juez Quinto de Distrito concede la razón a la Sedena por razones de seguridad nacional. (ARCHIVO)
Esta no es la primera vez que el juez Quinto de Distrito concede la razón a la Sedena por razones de seguridad nacional. (ARCHIVO)

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