El INM deberá solicitar información al Ministerio Público sobre las denuncias penales formuladas contra extranjeros.
El Ejecutivo federal publicó ayer una reforma con la que se le quitó al Instituto Nacional de Migración (INM) la facultad de recibir y atender denuncias en contra de extranjeros, por la presunta comisión de delitos.
Con dicha reforma, el INM deberá solicitar información al Ministerio Público sobre las denuncias penales formuladas contra extranjeros, sólo para efectos de control, verificación o revisión migratoria.
"Cuando los particulares presenten denuncias ante él, deberá informar a los particulares que no es la autoridad competente", se lee en la nueva redacción del artículo 93 de la Ley de Migración.
"Y enviará de forma inmediata al particular ante la autoridad competente para que presente la denuncia correspondiente", agrega el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El decreto, cuya finalidad es garantizar el debido proceso de los extranjeros y evitar que el INM pueda invadir facultades que sólo le corresponden al Ministerio Público, entra en vigor este martes.
Hasta ayer, la Ley de Migración preveía como una de las facultades del Instituto en materia de verificación migratoria, recibir y atender denuncias contra extranjeros por presuntos delitos, las cuales debía turnar en forma inmediata a la autoridad competente.
Frenan
Se decretó la eliminación de la atribución del INM para recibir, atender y turnar a la autoridad competente las denuncias contra extranjeros por la presunta comisión de delitos:
´En la modificación al artículo 93 de la Ley de Migración se establece que el INM solicitará al Ministerio Público información sobre las denuncias presentadas contra extranjeros.
´Estos serán para efectos de control, verificación o revisión del estatus migratorio.
´Esta reforma fue aprobada el pasado 27 de febrero por el Congreso de la Unión y entrará en vigor de manera oficial a partir del 14 de abril, refiere el Diario Oficial de la Federación.