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Ordena INE a servidores quitar publicaciones promocionales

Entre ellos, el diputado federal de Morena, Francisco Javier Borrego Adame

El consejo general del INE dio la orden para que 22 funcionarios retiren la publicidad en un plazo no mayor a 24 horas.

El consejo general del INE dio la orden para que 22 funcionarios retiren la publicidad en un plazo no mayor a 24 horas.

FABIOLA P. CANEDO

El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó el retiro de publicaciones con promoción personalizada por COVID-19 a 22 servidores públicos que deberán eliminar publicaciones de redes sociales y páginas de internet, entre ellos, el diputado federal de Morena, Francisco Javier Borrego Adame.

En tutela preventiva, se ordenó a 63 funcionarios abstenerse de realizar promoción personalizada en la entrega u ofrecimiento de bienes, además de reiterar a todas las personas que se dedican al servicio público la obligación de ajustar su conducta al marco constitucional, entre los cuales se encuentran los diputados de UDC, Emilio de Hoyos y Evaristo Lenin Pérez Rivera, de Coahuila; así como la senadora Margarita Valdez, de Durango.

Para el INE, esto se puede configurar como uso indebido de los recursos públicos, además de que puede afectar las condiciones de equidad de cara a los próximos procesos electorales estatales y federales.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE resolvió imponer medida cautelar a servidores públicos de distintos niveles, cargos y procedencia partidista en 15 estados, luego de que durante los meses de abril, mayo y junio de 2020, certificó y documentó publicaciones, notas y fotografías en páginas de internet y redes sociales de servidores públicos promocionando su participación en la entrega de bienes o productos a la ciudadanía en el marco de la pandemia.

Luego de las investigaciones preliminares, la autoridad electoral determinó iniciar, de oficio, procedimientos especiales sancionadores, debido a que tienen que ver con el posible uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada, lo que pudiera afectar las condiciones de equidad de cara a los próximos procesos electorales federal y locales.

Se consideró que las publicaciones contienen elementos de promoción personalizada; es decir, refieren su nombre y cargo, aparece su imagen y los mensajes publicados, en general, son realizados en primera persona, por lo que deben eliminarlas en un plazo no mayor a 24 horas. De los 41 casos restantes que también fueron analizados, el INE resolvió improcedente establecer esta medida cautelar, ya que las ligas del material denunciado fueron dadas de baja.

En 19 de los 41 casos, los integrantes de la Comisión consideraron que son publicaciones o material que corresponden a ejercicios de cobertura noticiosa, o son aquellas en las cuales la ciudadanía realizó denuncias o las hizo del conocimiento público a través de la mención de fuentes noticiosas, hechos que en principio tienen cobertura legal y, por ende, no existe base para analizarlas bajo la óptica de una medida cautelar, ya que no se advierte que se trate de contenido pagado, administrado o controlado por los servidores públicos involucrados y son publicaciones amparadas en la libertad de información y prensa.

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