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¿Cómo puede pedirse apoyo por muertes de COVID-19 en México?

Se brinda un recurso de 11 mil 460 pesos para contribuir con los gastos de servicios funerarios

Se anunció un apoyo a familiares de personas fallecidas por COVID-19. (ARCHIVO)

Se anunció un apoyo a familiares de personas fallecidas por COVID-19. (ARCHIVO)

EL UNIVERSAL

En la conferencia mañanera de este martes del presidente Andrés Manuel López Obrador, se anunció un apoyo a familiares de personas fallecidas por COVID-19.

¿En qué consiste?

-El director del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo, señaló que el apoyo es de 11 mil 460 pesos para contribuir con los gastos de servicios funerarios.

-Es solidario, universal y directo. “Sin importar su condición social, si tienen o no seguridad social o la condición económica de quien lo solicite”, refirió Robledo.

-Se necesita acceder a la plataforma www.deudoscovid.gob.mx para solicitarlo.

-Para tramitarlo, se tendrá un plazo de un año, a partir de la defunción del familiar, entre el 18 de marzo, cuando se registró la primera muerte, y hasta la publicación de la declaración oficial del fin de la emergencia sanitaria.

-Solo se entregará un apoyo por cada persona fallecida.

-El DIF es la institución que está encargada de proporcionar este apoyo.

¿Quiénes pueden solicitarlo?

-Familiares de la persona fallecida que sea mayor de 18 años. (Esposo, esposa o pareja, hijas o hijas, así como padre o madre).

¿Cuáles son los requisitos?

-Acta de defunción por COVID-19.

-Declaración bajo protesta de decir la verdad que dicho apoyo será utilizado para la recuperación económica familiar, derivada del gasto funerario.

-Acreditar parentesco.

Se puntualizó que una vez recibida la solicitud, se tendrá un tiempo de espera de una semana; si no se presenta una segunda solicitud, se genera el pago; y si algún otro familiar solicita el apoyo, deberán dirimir la controversia.

¿Cuáles son los 5 pasos para obtener el apoyo?

1.-Registrar la CURP y los datos de la persona fallecida, así como adjuntar el acta de defunción por COVID-19.

2.- Registro de beneficiario: registrar CURP y datos generales, así como adjuntar una identificación oficial y documento que acredite el parentesco.

3.- Determinar el medio de entrega del apoyo, que se otorgará mediante transferencia bancaria o por generación de folio para otra forma de pago.

4.- Declarar bajo protesta, decir verdad de que el recurso es para la recuperación de la economía familiar.

5.- Generación de folio de solicitud para su posterior pago.

Se prevén escenarios, para cumplir con la universalidad, en caso de que personas no tengan internet o no cuenten con cuentas bancarias.

Se puede acudir a cualquier oficina del DIF en caso de que el solicitante no cuente con documentación.

La plataforma empezará a recibir las solicitudes a partir del miércoles 2 de diciembre.

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