Columnas Finanzas

Despido de empleados durante diciembre

LUIS ARRATIA DÍAZ

Desde aquel 12 de noviembre de 2020 por la mañana, cuando el Gobierno lanza su propuesta de Reforma en materia de subcontratación de personal, ha incrementado la incertidumbre, dudas, investigación y, sobre todo, controversia sobre el tema.

Sin duda, la intención original del Gobierno de REGULAR la actividad de las empresas de outsourcing, así como de las empresas que contratan estos servicios es muy buena. Sin embargo, es importante que seamos lo más preciso posible a conocer los verdaderos efectos, malas prácticas, buenas prácticas, orígenes e implicaciones que este modelo de trabajo trae a la Nación y a los empleados; para así poder crear una Reforma que resuelva el problema de raíz.

Estrictamente, un modelo formal y legal de “outsourcing” o, como a mí me gusta llamarlo: Tercerización de Administración de Personal (TAP), afecta en absolutamente nada. Al contrario, ayuda a que las empresas paguen lo correcto al IMSS, SAR e INFONAVIT, así como en mejorar las prácticas legal laborales de las empresas, en pro de la gente y de la competitividad de la empresa.

Entre las confusiones que se generan está el famoso comentario del actual Gobierno, en donde declaran que, durante diciembre las empresas despiden a miles de empleados para no pagarles el aguinaldo y luego re contratarlos en enero. Hago hincapié en esta aseveración dada que, en estos días, se publica que AMLO declara que se perdieron 277 mil empleos durante diciembre para no pagarles aguinaldo y que todo esto es culpa del outsourcing. Y aquí es donde nos surgen algunas dudas porque, seguramente, a algunos esto “no nos checa”, en el buen sentido de la frase, desde luego.

Hablemos primero del aguinaldo. Si una persona se da de baja, en la fecha que sea y de la empresa que sea, tiene derecho a recibir su aguinaldo. En los términos del Art. 87° segundo párrafo de la Ley Federal del Trabajo, la persona deberá recibir su proporcional de aguinaldo cuando ésta sea separada de su empleo. Es decir, si se da de baja a una persona el 10 o el 15 de diciembre, o la fecha que sea, de todos modos, se le va a pagar su aguinaldo. Y, en caso de que no se le pagara su aguinaldo (lo cual considero muy raro) fácilmente el empleado puede ir ante la STPS o la Junta de Conciliación y Arbitraje y presentar una queja, la cual prosperará sin duda alguna. Cabe destacar que no importa si hay una empresa de “outsourcing” en medio, incluso que desaparezca si gustan… el empleado siempre denunciará a la empresa para la que trabaja y que está SUBORDINADO y, legalmente, NO HAY FORMA de que la empresa “le saque la vuelta” a esta responsabilidad.

Hablemos ahora de la baja en diciembre y alta en enero. Durante diciembre la gran mayoría de las empresas contratan a una cantidad importante de personal de forma temporal, para atender la demanda de dicho mes. Esto tiene sus bases en el Art. 36° de la Ley Federal del Trabaja para establecer las relaciones laborales que son por un tiempo determinado. Esto sería una de las principales razones por las que sucede esto.

Ahora bien, en cuanto a la eliminación de la antigüedad de los empleados, es bien sabido que, cuando un patrón está constantemente “renovando” contratos con sus empleados, éstos se vuelven de tiempo INDETERMINADO para todos los efectos en Ley, por lo cual esa estrategia dolosa sería fácilmente cesada por la autoridad, en caso de que la empresa estuviera haciendo esto de mala fe.

Sería interesante saber, sobre los 600 mil empleos que el Gobierno se jacta que se recuperaron desde la pandemia, cuántos de esos empleos fueron por medio de las empresas de subcontratación.

Insisto en que debemos ser muy precisos en qué tipo de empresas están causando el detrimento a los derechos de los trabajadores, en qué medida y, sobre todo, cuál es la estrategia que emplean para causar esa actividad ilegal. De por sí ya hay mucha incertidumbre y desinformación del tema.

Analizando, podremos ver que las empresas de subcontratación no son realmente las que causan el problema, sino las estrategias agresivas de las empresas que así deciden manejar sus negocios, aunado a una pasividad de la Autoridad por aplicar una legislación ACTUAL Y VIGENTE que, en mi opinión, ya tiene todos los elementos y herramientas necesarias para combatir estas malas prácticas.

C.P. y M.I. LUIS A. ARRATIA DÍAZ [email protected]

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