La Sala Superior del Tribunal Electoral revocó la sentencia contra el gobernador de Nuevo León, Samuel García, en la que se determinó que cometió actos anticipados de precampaña y campaña, y vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad en la contienda.
Con los tres votos de la magistrada Mónica Soto y los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes, se revocó la sentencia de la Sala Especializada que determinaba que el mandatario estatal cometió infracciones a la ley electoral.
El proyecto de la magistrada Janine Otálora proponía confirmar la sentencia, "en esencia porque se parte de la premisa inexacta de que el derecho de libertad de expresión es absoluto, además, la responsable sí analizó el contexto respecto de los elementos que exige cada infracción y los mensajes emitidos a partir de su significado".
En contra del proyecto, el magistrado Fuentes Barrera indicó que la autoridad no consideró el contexto en el que se emitieron las expresiones del gobernador, que ocurrieron en un evento en las instalaciones de la Comisión Nacional de Convenciones y Procesos Internos de Movimiento Ciudadano, una entrevista en el noticiero de Carmen Aristegui, y una entrevista en el espacio noticioso de Ciro Gómez Leyva.